El Ministro de Economía, Fomento y Turismo, José Ramón Valente, destacó la aprobación por una amplia mayoría de la Cámara de Diputados del proyecto de ley que fortalece la protección de los usuarios en caso de fraudes con medios de pago como tarjetas de crédito, débito y otras operaciones electrónicas. La iniciativa, que surgió como una moción de los exparlamentarios Lily Pérez y Eugenio Tuma, junto al senador Manuel José Ossandón, amplía la responsabilidad de los emisores en caso de fraude, al reducir sustancialmente el periodo de tiempo que los usuarios pasan sin respuesta y obliga a los bancos a implementar mayores medidas de seguridad para evitar este tipo de delitos. “Nos estamos haciendo cargo de un vacío que dejaba desprotegidos a los usuarios cuando son víctimas de un fraude, sin normas claras y sin obligaciones para los bancos. Hoy van a estar más protegidos y los emisores no podrán desentenderse de sus responsabilidades”, afirmó el ministro Valente. El texto establece que el usuario deberá dar aviso inmediato a su banco cuando detecte un movimiento fraudulento, por ejemplo, cuando su medio de pago es clonado producto de un robo o extravío, o bien sus claves para transferencias bancarias son vulneradas. A partir de dicho aviso, la institución bancaria deberá bloquear la tarjeta u otro medio de pago involucrado y, una vez avisado, el banco u otro emisor será responsable de cualquier otro movimiento que ocurra con dicho instrumento. Así, el banco deberá restituir los fondos al usuario en un plazo máximo de siete días hábiles. En caso de que el usuario desconozca una operación, será responsabilidad del emisor demostrar el origen de ésta. Al respecto, el titular de Economía dijo que “hoy día un usuario puede pasar hasta dos o tres meses sin su dinero, porque tenía que acreditar el fraude, pero ahora será responsabilidad del banco acreditarlo, no va a ser el usuario el que pague las consecuencias”, afirmó el ministro Valente. En otro punto relevante, en caso de que el banco acuse al usuario de incurrir en un auto fraude, el banco deberá demostrarlo ante un tribunal de justicia y no podrá pedir la restitución de los fondos sin un fallo ejecutoriado. Además, la entidad emisora estará impedida de ofrecer la contratación de un seguro al usuario cuya cobertura corresponda a los mismos siniestros. La iniciativa considera una nueva figura penal que consiste en la suplantación de la identidad del titular o usuario frente al emisor u operador para obtener autorización para realizar transacciones. Estos delitos se sancionarán con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y una multa correspondiente al triple del monto defraudado, pena que aumentará en un grado en caso de perjuicio a terceros. Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, el proyecto pasó a tercer trámite constitucional en el Senado.

El Ministro de Economía, Fomento y Turismo, José Ramón Valente, destacó la aprobación por una amplia mayoría de la Cámara de Diputados del proyecto de ley que fortalece la protección de los usuarios en caso de fraudes con medios de pago como tarjetas de crédito, débito y otras operaciones electrónicas. La iniciativa, que surgió como una moción de los exparlamentarios Lily Pérez y Eugenio Tuma, junto al senador Manuel José Ossandón, amplía la responsabilidad de los emisores en caso de fraude, al reducir sustancialmente el periodo de tiempo que los usuarios pasan sin respuesta y obliga a los bancos a implementar mayores medidas de seguridad para evitar este tipo de delitos. “Nos estamos haciendo cargo de un vacío que dejaba desprotegidos a los usuarios cuando son víctimas de un fraude, sin normas claras y sin obligaciones para los bancos. Hoy van a estar más protegidos y los emisores no podrán desentenderse de sus responsabilidades”, afirmó el ministro Valente. El texto establece que el usuario deberá dar aviso inmediato a su banco cuando detecte un movimiento fraudulento, por ejemplo, cuando su medio de pago es clonado producto de un robo o extravío, o bien sus claves para transferencias bancarias son vulneradas. A partir de dicho aviso, la institución bancaria deberá bloquear la tarjeta u otro medio de pago involucrado y, una vez avisado, el banco u otro emisor será responsable de cualquier otro movimiento que ocurra con dicho instrumento. Así, el banco deberá restituir los fondos al usuario en un plazo máximo de siete días hábiles. En caso de que el usuario desconozca una operación, será responsabilidad del emisor demostrar el origen de ésta. Al respecto, el titular de Economía dijo que “hoy día un usuario puede pasar hasta dos o tres meses sin su dinero, porque tenía que acreditar el fraude, pero ahora será responsabilidad del banco acreditarlo, no va a ser el usuario el que pague las consecuencias”, afirmó el ministro Valente. En otro punto relevante, en caso de que el banco acuse al usuario de incurrir en un auto fraude, el banco deberá demostrarlo ante un tribunal de justicia y no podrá pedir la restitución de los fondos sin un fallo ejecutoriado. Además, la entidad emisora estará impedida de ofrecer la contratación de un seguro al usuario cuya cobertura corresponda a los mismos siniestros. La iniciativa considera una nueva figura penal que consiste en la suplantación de la identidad del titular o usuario frente al emisor u operador para obtener autorización para realizar transacciones. Estos delitos se sancionarán con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y una multa correspondiente al triple del monto defraudado, pena que aumentará en un grado en caso de perjuicio a terceros. Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, el proyecto pasó a tercer trámite constitucional en el Senado.

Chile (Miercoles, 10 de Abril del 2019)     El Ministro de Economía, Fomento y Turismo, José Ramón Valente, destacó la aprobación por una amplia mayoría de la Cámara de Diputados del proyecto de ley que fortalece la protección de los usuarios en caso de fraudes con...